Tribunas
02/02/2026
Cuando Rouco defendió la regularización extraordinaria de inmigrantes
José Francisco Serrano Oceja
El cardenal Antonio María Rouco Varela.

Lo bueno de que haya obispos que escriban es que, además de que todo el mundo sabe a que atenerse, lo que piensan queda para la historia en algo más que un post de X.
Claro que, en ese momento, todo el mundo se quejaba de que por mucho que escribieran no les leía nadie. Puede ser que, pasado el tiempo, se les vuelva a leer.
Me he acordado en estos días de regularización extraordinaria de personas migrantes, como se dice ahora, antes se decía inmigrantes, lo que el cardenal Rouco escribió cuando se produjeron las regularizaciones de Aznar, que hubo tres, 1996, 2000 y una añadida en 2001.
Lo digo también porque hablar de Rouco ahora es hablar del Argüello de entonces, dado que el arzobispo de Madrid era presidente de la Conferencia Episcopal en las de 2000 y 2001. En la de 1996 estaba recién nombrado arzobispo de Madrid.
En aquel tiempo Rouco tenía como Delegado episcopal de migraciones a Antonio Martínez, un sacerdote, de los de El Prado, muy reconocido por su experiencia y conocimiento en esta materia por los organismos civiles, incluidos los Gobiernos y los socialistas.
Salvando las distancias del tiempo, y las circunstancias, que hay que tener en cuenta, lo que interesa es la argumentación utilizada por Rouco en sus textos, las fuentes del magisterio desde la Doctrina Social de la Iglesia.
Tenemos a este respecto dos escritos claves. El primero, el mensaje a la comunidad diocesana “Salir al encuentro para vivir juntos”. Delegación diocesana de Migraciones, 28 de enero de 2000. En la presentación del estudio Extranjeros en la Comunidad de Madrid 1999.
Y el segundo la carta pastoral del cardenal arzobispo de Madrid sobre la inmigración “Acogida generosa e integración digna del inmigrante y su familia”, de 7 de marzo de 2001.
También podríamos traer a colación la pastoral “La prioridad del hombre” (Boletín de las Diócesis de la Provincia Eclesiástica de Madrid, octubre 1999, 786).
Ofrezco sólo un par de párrafos para que veamos que los principios de la DSI, en el contexto del magisterio social de la Iglesia y de los Papas, son una fuente segura, más que la sociología o las ocurrencias de turno.
Escribía el cardenal Rouco, con una notable capacidad de precisión en la exposición de las ideas, incluso en las distinciones, en el texto de 7 de marzo de 2001 que:
“Es preocupante la situación de irregularidad en la que se encuentran, desde hace varios meses, un número importante de inmigrantes en la Comunidad Autónoma de Madrid. Se trata de personas que llegaron después del 1 de junio de 1999, fecha tope legalmente prevista para su regulación. En su mayoría, han sido víctimas de la criminalidad organizada.
No parecen cuestionables la responsabilidad y el derecho de los Estados para legislar sobre la regulación de los flujos migratorios. La situación, efectivamente, es compleja y los equilibrios en la convivencia social son frágiles. No cabe duda de que, en este ámbito, corresponde a la autoridad del Estado equilibrar bienes y conjugar factores imprescindibles, si se quiere que el problema de la inmigración pueda encontrar una solución justa, solidaria y respetuosa de la dignidad humana en los países de la Unión europea, y en concreto en España. Es razonable esperar que, con la regulación de los flujos migratorios en origen, prevista en la nueva ley, se consiga evitar que los trabajadores inmigrantes se vean reducidos al papel de simples instrumentos de producción. Y del mismo modo cabría esperar que una acertada aplicación de la misma les permita gozar de un estatuto de residencia permanente y salir de toda precariedad legal y socio-laboral, a la vez que facilite a las autoridades competentes la persecución eficaz del tráfico de personas, principal causa de la inmigración clandestina.
Pero, al mismo tiempo, hay que afirmar, en coherencia con las convicciones y principios expuestos en esta carta, que parece necesario regularizar la situación del mayor número posible de los trabajadores inmigrantes de cualquier nacionalidad, que, sin permiso de trabajo y/o residencia, se encontraban en España con anterioridad a la aprobación de la nueva ley. De lo contrario, se agravaría aún más la situación, bastante dramática ya actualmente, de miles de personas que no pueden acceder al mercado laboral, convirtiéndose casi inevitablemente en fáciles víctimas de la criminalidad organizada o de empresarios sin escrúpulos.
Es claro que quienes han arriesgado todo para venir y ahora carecen de medios, harán cuanto esté en su mano para no marcharse. En cualquier caso, siempre será moralmente reprobable tratar la condición de irregularidad legal de los inmigrantes como ocasión o pretexto para menoscabar su dignidad y sus derechos inalienables como persona, que no pueden ni desconocerse ni violarse”.
Convendría que quienes de vez en cuando jalean al cardenal Rouco le recuerden también en estos escritos.
José Francisco Serrano Oceja