Familia
Fracaso educativo y carencia de pautas de autoridad

 

Un juez argumenta con datos: “La ley debe volver a reconocer
el derecho a corregir de los padres”

 

Eduardo Estellés afirma que tras eliminar de la legislación esta potestad paterna, “se ha incrementado la violencia-filioparental”

 

 

Eduardo Estellés, juez de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Sagunto (Valencia), ha trabajado las memorias de la Fiscalía General del Estado y muestra que la violencia de los hijos contra sus padres ha aumentado desde 2009.

 


 

 

Eduardo Estellés ha llevado a cabo una profunda investigación, dentro de la tesis doctoral que acaba de defender. Fruto de su trabajo, afirma que es necesario volver a introducir la legislación relativa al derecho de corrección de los padres a los hijos, que eliminó la Ley 54/2007, de 28 de diciembre.

Este juez destaca que “la eliminación del derecho de corrección de los padres ha producido un detrimento de la autoridad de los padres, que ha influido en el incremento de la violencia filio-parental”.

En esta investigación realizada para su tesis doctoral, que ha defendido en la Universidad Católica de Valencia, el jurista ha trabajado fundamentalmente con las memorias de la Fiscalía General del Estado: del escrutinio de los datos, se extrae el crecimiento de la violencia de los hijos contra los padres, sobre todo desde el año 2009.

Recoge en su investigación la conclusión de la propia Fiscalía en su memoria de 2015 de que este problema hunde sus raíces “en una profunda crisis de principios y valores”, y en la memoria de 2016 subraya el “fracaso del modelo educativo y su carencia de pautas de autoridad”.

 

La corrección es también denunciada

El juez destaca que, al suprimir el derecho a corregir por parte de los padres, modificando los artículos 154 y 268 del Código Civil realizada por la Ley de 2007, “no sólo se ha suprimido el derecho de corregir que ostentaban históricamente los padres respecto de sus hijos, sino que, además, no ha logrado evitar la violencia contra los hijos”.

Asimismo, Estellés subraya que “quien quiere pegar a su hijo, lamentablemente lo seguirá haciendo, pero el que quiera corregir a su hijo correctamente no puede ejercer su derecho o lo ejerce a sabiendas de que puede ser denunciado por un delito de maltrato, amenazas, coacciones, entre otros”.

Uno de los ejemplos que presenta Estellés en su trabajo a este respecto es el de un padre que castigó a su hija de 15 años sin salir de casa con las amigas, fue denunciado por ella y se le imputó un delito de detención ilegal por retenerla en el domicilio. “No se puede corregir a los hijos, y se criminaliza la familia y las relaciones paterno-filiales, afirma.

 

Derechos y deberes de los menores

El juez expresa que “no se trata de volver a los años cincuenta del siglo pasado, sino de asumir el derecho de corrección actualizado, enmarcado en los derechos constitucionales y el reconocimiento de los derechos a los menores y su protección integral, pero sin olvidar que los menores tienen derechos, pero también deberes legales”.

El juez Estellés reivindica del Estado leyes justas, que permitan corregir a los hijos, como parte del derecho de los padres a educar, a la vez que destaca que el “maltrato nunca puede ser considerado corrección, y por supuesto debe penarse”.

Este juez ahonda en las raíces ideológicas de la supresión de derecho de corrección de los padres a los hijos, y apunta a  “una muy potente, que es la ideología de género, que busca hacerse con el control de la educación de los hijos por parte del Estado, minar la autoridad de los padres y promover el intervencionismo del Estado en la esfera familiar, y todo ello se consigue con esta ley”.