NO SE TUVIERON EN CUENTA LAS IRREGULARIDADES DEMOSTRADAS DURANTE EL PROCESO

Se recurre la sentencia que exculpa a todos los imputados en el ‘Caso Morín’

 

Por iniciativa de Alternativa Española (AES) y conjuntamente con la asociación e-Cristians y el Centro Jurídico Santo Tomás Moro, se ha presentado escrito de recurso de casación sobre la sentencia emitida el 31 de enero por la Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Barcelona que absuelve a todos los acusados en el ‘Caso Morín’. La Fiscalía solicitaba 273 años de prisión para el Doctor Morín por la supuesta práctica de 89 abortos ilegales a mujeres que se encontraban en un avanzado estado de gestación y en todo caso fuera de las semanas legalmente establecidas.

15/02/13 11:26 AM


(YA/InfoCatólica) No obstante, la citada sentencia exculpó a Morín de realizar abortos ilegales, así como a todas las personas que supuestamente colaboraron con él, incluida su esposa, María Luisa D.S, para quien el fiscal pidió 171 años de cárcel.

El motivo principal que argumentaba la polémica sentencia que prácticamente despenaliza el aborto como delito, fue que todos los abortos perpetrados en las Clínicas del Doctor Morín, se hicieron con el consentimiento de las mujeres embarazadas o de su representante legal en el supuesto de las pacientes menores de edad.

Aunque durante el macrojuicio del ‘Caso Morín’ se demostró la existencia de un delito continuado de falsedad documental y de firmas, así como la inexistencia de las necesarias pruebas psicológicas para la embarazada antes de someterse a un aborto que ya no tiene marcha atrás, y la realización de abortos fuera del tiempo legalmente establecido, la sentencia de la Audiencia Provincial fue absolutoria por todo y para todos.

Las entidades que presentan el recurso evidencia que la resolución padece una serie de errores que deben ser revisados, como en lo referente a la legalidad de los abortos (incumplimiento en las semanas de gestación permitidas, consentimiento de las embarazadas y la tipología para la práctica de abortos), así como a la citada falsedad documental y la asociación ilícita de los inculpados.