29.11.11
“Una vez obtenida la certeza moral de que la madurez del candidato ofrece suficientes garantías, estará él en situación de poder asumir la grave y suave obligación de la castidad sacerdotal, como donación total de sí al Señor y a su Iglesia.
De esta manera, la obligación del celibato que la Iglesia vincula objetivamente a la sagrada ordenación, la hace propia personalmente el mismo sujeto, bajo el influjo de la gracia divina y con plena conciencia y libertad, y como es obvio, no sin el consejo prudente y sabio de experimentados maestros del espíritu, aplicados no ya a imponer, sino a hacer más consciente la grande y libre opción; y en aquel solemne momento, que decidirá para siempre de toda su vida, el candidato sentirá no el peso de una imposición desde fuera, sino la íntima alegría de una elección hecha por amor de Cristo“.
Pablo VI, Encíclica “Sacerdotalis caelibatus”, 72.
(La negrita es mía).
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Y, en otro orden de cosas, mañana comienza la Novena de la Inmaculada.Por si les sirve, ofrezco el siguiente material, nacido en este mismo blog:
Guillermo Juan Morado.