La sentencia crea jurisprudencia

El Constitucional niega a la Iglesia su derecho a no tener como profesores de religión a quienes viven en adulterio

 

El Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar de una profesora, a la que no se le renovó el contrato para enseñar religión tras casarse por lo civil con un divorciado, lo cual es considerado como adulterio por Jesucristo en los evangelios y por la doctrina católica Según el TC, este hecho «no guarda relación con la actividad docente desempeñada por la demandante, pues no afecta a sus conocimientos dogmáticos o a sus actitudes pedagógicas».

19/04/11 4:36 PM


 

(Agencias/InfoCatólica) Así, el TC anula una sentencia de diciembre de 2001 del Juzgado de lo Social número 3 de Almería y otra de 2002 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Esos tribunales habían desestimado las demandas de la profesora Resurrección Galera Navarro contra el Obispado de Almería, que no la propuso para continuar impartiendo religión porque no reunía las condiciones exigibles para defender la moral y la doctrina cristiana.

El TC otorga el amparo reclamado por Galera e impone “retrotraer” las actuaciones al momento anterior a dictarse la sentencia del juzgado de Almería para que este órgano judicial dicte otra nueva acorde con los argumentos del fallo constitucional.

Galera y su marido, felices

Resurrección Galera ha recibido con “alivio” y una “enorme satisfacción” el fallo del Tribunal Constitucional. Así lo ha asegurado su marido, Johannes Romes, quien, desde el hotel rural 'La Alberca' que desde hace cinco años ambos regentan en el parque natural Cabo de Gata-Níjar (Almería), ha asegurado en declaraciones a Europa Press que están “flipando” después de casi diez años de litigio ante una sentencia “que nos da la razón por fin en lo que siempre hemos creído, el derecho fundamental a la intimidad porque la vida personal no tiene porque ver con la enseñanza a los niños”.

Romes, quien ha utilizado expresiones como “increíble”, “genial” o “contentísimos” para verbalizar “un montón de sentimientos juntos”, ha resaltado que el contenido del fallo del TC, que revoca las sentencias de un juzgado de lo social de Almería y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), “pone fin a una injusticia a todas luces que nos dolió y nos duele muchísimo”.

“Nos llena de satisfacción -ha añadido- que se haya demostrado también que la Justicia funciona, algo en los que también creíamos” al tiempo que ha criticado la actitud mantenida hace ahora diez años por la Iglesia Católica y el Obispado de Almería que, a su juicio, “no defendieron su doctrina exactamente” cuando optaron por no incluir a Resurección en la lista de docentes de Religión propuesta para el curso 2001-2002 cuando había estado ejerciendo en el CEIP Ferrer Guardia de la barriada de La Cañada, en la capital.

Todavía llora al recordar lo ocurrido

Romes ha señalado, no obstante, que el retirarle la posibilidad de seguir dando clases “fue como si le cortasen los brazos y las piernas” y ha reconocido que, pese a que ambos han logrado “rehacer nuestra vida con un negocio que nos va bastante bien y una preciosa hija de cinco años”, ella “aún no ha conseguido recuperarse del todo”.

“Fue mucho daño, mucha injusticia y un golpe muy fuerte”, ha ahondado para a continuación matizar que “aún así no ha perdido la fe en ningún momento, sobre todo en los niños pese a que nunca pensó que le pudiese pasar algo así”. “Todavía no lo ha superado del todo ya que, algunas noches, cuando hablamos del tema, le llega la melancolía y se le llenan de lagrimas los ojos porque fue un golpe muy fuerte aunque todavía conserva contacto con algunos de sus alumnos”.

Preguntado acerca de si Resurrección estaría dispuesta a retomar la enseñanza de pronunciarse en sentido favorable el juzgado de lo Social, ha apelado a la cautela y ha apuntado que se trata de un planteamiento “prematuro”.